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CAMBIOS REGULATORIOS EN MATERIA ELÉCTRICA EN 2024; TARIFAS ELÉCTRICAS Y EN CÓDIGO DE RED

CAMBIOS REGULATORIOS EN MATERIA ELÉCTRICA EN 2024; TARIFAS ELÉCTRICAS Y EN CÓDIGO DE RED

El pasado 8 de febrero El Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricistas y Electrónicos del estado de Veracruz, A.C., llevó a cabo su reunión mensual correspondiente al mes de enero, donde tuvieron como expositor invitado al Ing. Víctor Hugo Montalvo.

El 13 de diciembre de 2023, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó cinco acuerdos en materia de electricidad, en específico sobre las tarifas reguladas y finales del suministro básico a implementarse del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.

El acuerdo de la CRE número A/073/2023, autoriza el cálculo y ajuste de las tarifas finales que se aplicarán de manera individual a la empresa productiva subsidiaria de CFE Suministrador de Servicios Básicos y determina la tarifa regulada para los servicios conexos no incluidos en el mercado eléctrico mayorista (MEM), siendo aplicables al mismo periodo, del 1° de enero al 31 de diciembre del año en curso.

También se incrementa el Factor de Potencia (FP) mínimo de 0.90 a 0.95 para los usuarios con demanda eléctrica superior a 1 MW en la tarifa eléctrica.

Históricamente el factor de potencia según las tarifas reguladas de México se ha ido modificando:

  • Año 1962 FP = 85%
  • Año 1991 FP = 90%
  • Año 2024 FP = 90% cargas menores a 1 MW
  • Año 2024 FP = 95% cargas mayores o igual a 1MW

De acuerdo a lo explicado por el Ing. Víctor H. Montalvo, los cambios regulatorios al FP afectarían a la tarifa de Suministro Básico de la siguiente manera:

Para suministro en media tensión con una demanda contratada de 1,500 KW, su factura es de $100,000.00 pesos M.N., tuvo una bonificación de $ 6,700.00 pesos por buen factor de potencia de 93.5 % en 2023.

Con los cambios en las Tarifas de Suministro Básico ahora en 2024, con el mismo FP de 93.5 %, tendría una penalización de $21,000.00 pesos M.N.

El Código de Red Ver 2, indica que en Estado Operativo Normal, los Centros de Carga conectados en Alta Tensión deberán mantener un factor de potencia entre 0.95 en atraso y 1.0, con medición cinco – minutal. Dichos Centros de Carga deberán cumplir con este requerimiento al menos el 95% del tiempo durante un periodo mensual. Este requerimiento tendrá una vigencia de 10 años a partir de la publicación del Manual en el DOF.

En la Versión 2021, indica que, a partir de 8 de abril del 2026, el requerimiento del factor de potencia será de 0.97 en atraso y 1.0, con medición cinco – minutal. Los Centros de Carga deberán cumplir con este requerimiento al menos el 95% del tiempo durante un periodo mensual.

La vigilancia del cumplimiento y la aplicación de sanciones, estará a cargo de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), y de acuerdo al Código de Red:

Fracción I, inciso k): Con multa del 2 al 10% de los ingresos brutos percibidos al año anterior por: “Dejar de observar de manera grave a juicio de la CRE, las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional”.

Fracción II, inciso c): Con multa de 50,000 a 200,000 salarios mínimos por: “incumplir las disposiciones en materia de Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional”.

La magnitud de la condición de incumplimiento será evaluada por la Comisión con el apoyo técnico del Centro Nacional del Control de Energía (CENACE) y considerará el impacto asociado a: número de usuarios afectados, tiempo de interrupción del suministro, energía no suministrada, corte manual de carga no controlable, entre otras.

En conclusión:

  • Se debe corregir el FP en los servicios de demanda mayor a 1 MW a 95%.
  • Para hacer la corrección entre el 95% y 100% de FP técnicamente solo es factible con banco de capacitores automáticos y es necesario considerar los niveles de armónicos.
  • Para cargas en baja tensión de uso general, ya será necesario considerar la evaluación y corrección de potencia al 90%.
  • La evaluación del Código de Red Ver 2, ya es obligatoria en 2024.
  • No se puede representar el estudio de Código de Red sin el plan de trabajo.
  • Se mejora la confiabilidad y eficiencia del Sistema Eléctrico Nacional con la nueva versión del Código de Red Ver. 2, en beneficio de todos.