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LA INVASIÓN DE VERACRUZ EN 1914 POR EU PODRÍA SER MOTIVO DE INDEMNIZACIÓN POR NO EMITIRSE DECLARACIÓN DE GUERRA

*Charla del Lic. e historiador Miguel Salvador Rodríguez que fundamenta su argumento con preceptos jurídicos

La invasión a la ciudad de Veracruz en 1914 por tropas de los Estados Unidos no estableció un protocolo de Declaración de Guerra y atacaron a una población indefensa, por lo que se puede reclamar todavía hasta la fecha una indemnización al gobierno de los EU, afirmó el abogado e historiador Miguel Salvador Rodríguez Azueta.

Tal afirmación la hizo al término de una charla con los miembros de la MESA DE CAFÉ del Gran Café de la Parroquia de los 200 Años que preside el Ing. Ulises Cervantes Espinosa.

Desde un punto de vista jurídico, el licenciado en Derecho por la UNAM, subrayó que la invasión que dejó muchos muertos y heridos en la ciudad, puede proceder desde esa perspectiva.

Se necesitarían abogados internacionalistas que hicieran toda la argumentación básica para hacer válida la demanda, toda vez que fue una invasión a una ciudad, cuyos habitantes no tenían los medios para defenderse.

Es verdad que el ataque armado a la ciudad de Veracruz por un ejército estadunidense debidamente preparado, con soldados profesionales, avizoró una defensa heroica de parte de ciudadanos y jóvenes cadetes de la Escuela Naval Militar, así como del policía municipal de apellido Monfort.

Y, desde luego, gran número de ciudadanos anónimos, valientes y osados que defendieron el suelo patrio.

Para Miguel Salvador, autor de nueve libros sobre novela histórica, exdirector del Museo de la Ciudad y de la Casa Salvador Díaz Mirón, precisó que las fuerzas usurpadoras estuvieron siete meses en la ciudad.

Por cometer delitos de guerra, se tienen todas las bases jurídicas para proceder en contra de un gobierno que no cumplió con los requisitos básicos para atacar a un país extranjero, dijo Miguel Salvador Rodríguez Azueta, presidente fundador de la Crónica de la ciudad de Veracruz.

En otro tema, expresó que fue autor de una modificación a la Fracción 4ª del artículo 148 del Código Penal Federal que se refería a un concepto sobre nación amiga y convertirlo en Nación Extranjera, con lo que se logró que no haya discriminación y sí relación de paridad entre naciones.

A la MESA DE CAFÉ, acudieron los arquitectos Juan Manuel Rebolledo Torres y Rodolfo Poblete Saldaña; los ingenieros Jaime Pérez Álvarez y Carlos Dalí Ochoa Aguilar, así como el Lic. Héctor M. Saldierna y Sofía Rebolledo.